Luego del artículo Empresas saludables. Trabajadores de alto rendimiento… si tenemos en cuenta los principios de la acción preventiva referidos en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para enmarcar la actuación a seguir en el tratamiento de los riesgos psicosociales, podemos enunciar las siguientes acciones a realizar:
- Evitar los riesgos: el considerar los riesgos psicosociales que pueden afectar a los trabajadores en sus puestos de trabajo en el desarrollo de cualquier tipo de tarea.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar: sólo se evaluarán los riesgos psicosociales que no hayan podido evitarse.
- Combatir los riesgos en su origen: en el inicio de cualquier programación o planificación de tarea, actividad o trabajo.
- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetivo y a reducir los efectos del mismo en la salud: si las competencias o recursos con los que cuentan los trabajadores dejan de ser los adecuados, se les formará para facilitarles los recursos necesarios para el desempeño del trabajo garantizando el equilibrio entre las exigencias de la tarea y los recursos con los que cuente el trabajador.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica: las nuevas técnicas pueden originar riesgos psicosociales o pueden evitarlos.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro: el apoyo social y la participación de los trabajadores permite una práctica preventiva que sustituye lo que potencialmente puede entrañar un riesgo psicosocial.
- Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo: la prevención de riesgos psicosociales, como actividad preventiva que debe ser planificada, debe ser articulada desde la comprensión de la empresa desde una visión holística, en donde el todo y las partes se encuentran ligadas con interacciones constantes.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual: es prioritario la forma de organizar el trabajo, la sistemática de trabajo que puede o no favorecer la aparición de los riesgos psicosociales.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores: la especificidad que aporta “las debidas instrucciones” protegen al trabajador de cualquier tipo de ambigüedad en al realización de su tarea.
En líneas generales la prevención de los riesgos psicosociales, al estar relacionada con aquellos estímulos percibidos por el individuo que le provocan emociones negativas y que tienen como consecuencia el desajuste entre las demandas laborales (esfuerzo físico y/o psicológico) y los recursos con los que el trabajador cuenta para hacer frente a dichas demandas, no sólo debe valorarse los recursos personales del trabajador, sino los factores tangibles del contexto del trabajo que impiden la realización adecuada de las tareas.
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